CIRCULAR Nro. 924

“La suerte favorece a la mente preparada” Louis Pasteur
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 24/08/2026 y el 28/08/2026:

NOVEDADES FISCALES:

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5890

Prorrogan plazos para presentar la declaración jurada de ganancias 2025 y primer anticipo 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas

SUMARIO: Se extiende nuevamente el plazo para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025, hasta el 22 de septiembre de 2026.

Además, se prorroga el pago del primer anticipo del período 2026 hasta el 24 de septiembre, inclusive.

 

Casas Particulares. Nuevo acuerdo salarial con incrementos de agosto a diciembre y suma no remunerativa

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares llegó a un nuevo acuerdo de recomposición salarial para el personal comprendido en el régimen especial de trabajo regulado por la ley 26844.
La pauta salarial abarca el período comprendido entre agosto y diciembre de 2026 e incluye aumentos porcentuales escalonados, una suma no remunerativa por única vez a abonarse en el mes de agosto y un mecanismo de absorción/incorporación progresiva de dicha suma a los salarios básicos.

 

Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley “Inocencia Fiscal II”

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó en la madrugada del jueves 27 el proyecto de ley de “Inocencia Fiscal II” que será tratado por el Senado para convertirse en Ley.
Recordamos que el mismo:
– Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen simplificado de Ganancias;
– Brinda precisiones respecto del concepto de “discrepancia significativa”;
– Aclara el alcance de los períodos no prescriptos del IVA alcanzados por el beneficio de presunción de exactitud;
– Se establecen precisiones sobre la utilización de los fondos que reingresan al sistema formal de la economía y las acciones que al efecto deben cumplir los organismos de control;
– Se crean mecanismos de reparación patrimonial y reintegro rápido al contribuyente cuando las determinaciones fiscales sean revocadas;
– Reducción de multas: Se establece hacia adelante una reducción del 25% del importe de las multas cuando se trate de MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas o entidades sin fines de lucro que no califiquen como Grandes Contribuyentes Nacionales. Para aquellas infracciones cometidas por obligaciones vencidas a partir del 2/1/2026 hasta el día anterior a la entrada en vigencia de la ley, que no se encuentren firmes o que encontrándose firmes, no hayan sido canceladas, se establece una reducción del 50%.

 

Buenos Aires: Acciones contra billeteras virtuales por cobros abusivos y endeudamiento familiar

Frente al marcado crecimiento del endeudamiento y la morosidad que afecta al 60% de la población adulta por el uso de crédito para gastos esenciales, la provincia de Buenos Aires inició investigaciones formales y abrió expedientes contra las principales plataformas financieras digitales tras recibir miles de denuncias por abusos, acoso e incumplimientos a las normas de protección al consumidor. La medida exige a las firmas Transparentar la composición del costo financiero total y las tasas de interés aplicadas, bajo la advertencia de aplicar multas de hasta $1.883 millones y la obligación de revertir de inmediato las infracciones detectadas para proteger a las familias en situación de vulnerabilidad.

 

CONSULTAS FRECUENTES:  

 

REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

 

Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo?

 

Respuesta: Para tramitar la prestación es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

• Situación laboral: Estar en situación legal de desempleo y con disponibilidad para ocupar un puesto de trabajo adecuado.
• Aportes: Contar con al menos 6 meses de aportes al Fondo Nacional de Empleo dentro de los últimos 3 años.
• Aportes en la construcción: Registrar un mínimo de 8 meses de aportes en los últimos 2 años.
• Trabajadores de temporada: Acreditar 12 meses de aportes en los últimos 3 años, o 90 días en los 12 meses anteriores a la finalización del contrato.
• Trabajadores agrarios: Estar debidamente inscriptos en el RENATRE.
• Incompatibilidades: No cobrar beneficios previsionales, prestaciones no contributivas, pagos dinerarios por la Ley de Riesgos del Trabajo, ni estar en situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) o Permanente (ILP).

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

 

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