CIRCULAR Nro. 912

“Lo que haces habla tan fuerte que no puedo escuchar lo que dices” Ralph Waldo Emerson
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 01/06/2026 y el 05/06/2026:

NOVEDADES FISCALES:

 

FACPCE solicitó a ARCA un régimen especial de regularización y alivio fiscal para Pymes

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) solicitó a la ARCA la implementación de un plan de facilidades de pago adaptado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, debido a las dificultades actuales para afrontar sus obligaciones tributarias.
El pedido contempla que se otorguen tasas reducidas de financiación, mayor cantidad de cuotas, permitiendo refinanciar planes anteriores vigentes o caducos, retenciones, percepciones y anticipos.
Asimismo, la entidad solicitó la suspensión transitoria de medidas cautelares y embargos para los contribuyentes que se adhieran al régimen o demuestren estar normalizando su situación fiscal.

 

DECRETO 406/2026

Impuesto a las ganancias: se reglamenta la exención sobre locación y venta de inmuebles para personas humanas

SUMARIO: Se reglamenta el alcance de la exención sobre los alquileres y la venta de inmuebles para las personas humanas y sucesiones indivisas.
En tal sentido señalamos que la exención sobre los alquileres destinados a casa habitación alcanza a los contratos de locación ya firmados por los alquileres devengados a partir del 1/1/2026.

 

DECRETO 408/2026

Fondo de Asistencia Laboral: reglamentación

SUMARIO: Se reglamenta integralmente el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) creado por la Ley 27.802 y define su funcionamiento operativo, financiero y administrativo. La norma establece que los aportes patronales serán canalizados a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la CNV, fija el procedimiento de recaudación mediante ARCA, regula la apertura y administración de las cuentas individuales de los empleadores y determina las condiciones para el pago de las indemnizaciones laborales. Además, introduce beneficios fiscales, habilita la reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte al FAL y prorroga la entrada en vigencia del régimen hasta el 1° de noviembre de 2026, otorgando un plazo adicional para que los organismos involucrados dicten la normativa complementaria necesaria para su implementación.

 

DECRETO 409/2026

Régimen de Promoción del Empleo Registrado: reglamentación

SUMARIO: Se reglamenta el Régimen de Promoción del Empleo Registrado previsto en la Ley 27.802, determinando beneficios para empleadores que regularicen relaciones laborales no registradas o deficientes. Establece condonaciones parciales de deudas previsionales y de seguridad social con porcentajes diferenciados según el tipo de empresa, habilita modalidades de pago para lo no condonado a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), prevé la extinción de acciones penales sin sentencia firme y la baja del REPSAL, y reconoce los períodos regularizados como tiempo de servicio válido para prestaciones previsionales, de invalidez, fallecimiento y desempleo, consolidando incentivos a la formalización laboral.

 

DECRETO 407/2026

Ley de Modernización Laboral: reglamentación de documentación digital, negociación colectiva, aportes sindicales y regímenes especiales

SUMARIO: Se reglamentan artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (52, 103 bis, 105, 132 inc. f, 140, 210, 240, 241 y 252), introduciendo novedades como la digitalización del recibo de haberes, el control médico electrónico de enfermedades, la homologación de acuerdos extintivos y la notificación digital de trámites jubilatorios.
Además, actualiza el régimen de Empresas de Servicios Eventuales, designa autoridades para los servicios en plataformas tecnológicas, fija criterios de vencimiento y renegociación de convenios colectivos, redefine la representatividad de cámaras empresarias y sindicatos, armoniza asignaciones familiares agrarias con el régimen general y adecua el sistema registral de la construcción al esquema integrado de la ARCA.

 

UOCRA: homologan el último acuerdo salarial del sector

Mediante la Disposición N° 712/2026, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó el acuerdo salarial celebrado para los trabajadores de la industria de la construcción.
El entendimiento prevé un incremento salarial acumulado del 6%, que se abonará en tres tramos entre junio y agosto de 2026. Asimismo, contempla el pago de sumas fijas de carácter no remunerativo, cuyos montos varían según la categoría laboral y la zona geográfica en la que se desempeñe el trabajador.

 

CONSULTAS FRECUENTES:  

 

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL: CONTROL MÉDICO ELECTRÓNICO POR ENFERMEDADES INCULPABLES

 

Pregunta: ¿Cuáles son las novedades y requisitos procedimentales introducidos en materia del control médico por la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral?

 

Respuesta: En el marco de las reformas introducidas por la normativa de Modernización Laboral, el régimen de control médico y justificación de inasistencias por enfermedades inculpables incorpora la obligatoriedad tecnológica y define los canales de resolución de disputas bajo los siguientes lineamientos:

Emisión digital obligatoria: Toda prescripción médica que ordene reposo laboral debe ser emitida electrónicamente mediante plataformas validadas e inscritas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Profesionales habilitados: Para que la certificación de salud presentada por el trabajador resulte válida y ejecutable, el profesional firmante debe encontrarse debidamente matriculado e inscrito ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).

Resolución de discrepancias médicas: Cuando surjan divergencias insalvables entre el diagnóstico del médico del dependiente y el resultado del control médico patronal, ambas partes quedan facultadas para someter el caso a mecanismos de resolución técnica. A tal fin, se prevé la intervención de juntas médicas oficiales o, en su defecto, dictámenes vinculantes emanados de institutos de salud públicos o privados de reconocida trayectoria.

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

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