CIRCULAR Nro. 887
NOVEDADES FISCALES:
| Se sancionó el Presupuesto General y la Ley Impositiva de 2026
La Legislatura bonaerense aprobó las leyes de Presupuesto General y la Ley Impositiva 2026, en tanto que la Ley de Financiamiento quedó para su tratamiento en una próxima sesión. |
| RESOLUCIÓN GENERAL (IGJ) 6/2025
IGJ prorroga hasta junio de 2026 la moratoria para la presentación de estados contables SUMARIO: Se prorroga hasta el 30 de junio de 2026 el régimen de regularización (moratoria) aplicable a Sociedades por Acciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada, cuyo capital alcance el importe previsto en el inciso 2) del artículo 299 de la LGS, las entidades constituidas en el extranjero y las asociaciones civiles que adeuden ante IGJ las presentaciones de estados contables o la documentación contable y comunicación de las asambleas respectivas previsto en la resolución general 4/2025. |
| RESOLUCIÓN GENERAL (CNV) 1091/2025
Fondos comunes de inversión: amplían las opciones de suscripción para menores de 13 a 18 años SUMARIO: Se amplía la autorización para que adolescentes de entre 13 y 18 años puedan suscribir cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos, siempre bajo la aprobación de su representante legal y mediante la vinculación de cuentas bancarias a su nombre. |
| RESOLUCIÓN (ANSES) 359/2025
Jubilaciones y pensiones: haberes mínimo y máximo, topes y PBU a partir de diciembre de 2025 SUMARIO: La ANSES establece los montos de las bases imponibles mínima y máxima para la seguridad social, así como los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales, aplicables a partir de diciembre de 2025, ajustados conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor. |
| RESOLUCIÓN (ANSES) 361/2025
Asignaciones familiares: rangos y montos a partir de diciembre de 2025 SUMARIO: La ANSES aprueba los valores actualizados de las asignaciones familiares que rigen a partir de diciembre de 2025, con un incremento del 2,34% que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos por la última actualización. |
| DISPOSICIÓN (GCP) 12/2025
Riesgos del trabajo: se actualiza el valor de la suma fija para el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales SUMARIO: Se establece que la suma fija a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de $ 1.543, para las obligaciones con vencimiento a partir de diciembre de 2025. |
| Aplicativos ARCA. Se actualiza la versión 9. 0 Release 21 del SICORE
La ARCA actualiza el Sistema de Control de Retenciones (SICORE) Incorporando los regímenes de la RG 5762/2025 y exige informar la condición en cada Declaración Jurada |
| Buenos Aires: Prórroga de la cuota 4 del impuesto inmobiliario planta rural y del impuesto inmobiliario complementario
Recuerde que, a través de la R. (Subdir. Técnica – Dir. Téc. Trib. de DPR Bs. As.) 226/2025, se trasladó al 18 de diciembre el vencimiento de la cuota 4/2025 del impuesto inmobiliario de la planta rural -componente básico- y del impuesto inmobiliario complementario -todas las plantas-, cuyo vencimiento estaba previsto para el día 12 de noviembre de 2025, por razones de índole operativa. |
| DECRETO 840/2025
Se difiere parcialmente hasta el 1/1/2026 la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono SUMARIO: Se establecen nuevos montos fijos actualizados del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL) y del impuesto al dióxido de carbono (IDC) para naftas y gasoil, aplicables a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de diciembre de 2025. |
CONSULTAS FRECUENTES:
| PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE CRISIS: CAUSAS QUE LO HABILITAN EN EL ÁMBITO LABORAL
Pregunta: ¿Cuáles son las causas que permiten a un empleador iniciar un procedimiento preventivo de crisis?
Respuesta: La Ley 24.013 establece que el empleador puede iniciar un procedimiento preventivo de crisis antes de suspender o extinguir contratos de trabajo cuando concurran las siguientes causas: |
| VACACIONES Y SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: TRATAMIENTO LEGAL CUANDO EL CIERRE EXCEDE LA LICENCIA
Pregunta: ¿Cómo se resuelve la situación de los trabajadores cuando el empleador suspende las actividades por un período que excede la licencia ordinaria y algunos empleados no disponen de suficientes días de vacaciones para cubrir ese lapso?
Respuesta: Cuando el cierre del establecimiento excede el plazo legal de vacaciones, se configura una suspensión de hecho. En este caso: 1. Período de vacaciones: Se otorgan los días correspondientes según la antigüedad del trabajador conforme a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). 2. Exceso del cierre sobre las vacaciones: Los días adicionales al período de vacaciones deben abonarse como tiempo trabajado, ya que no existe causa legal que justifique la falta de pago. |
| Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.
Los saludo muy atte.
Juan Brandi Contador Público |
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