CIRCULAR Nro. 873

“Luchen por lo difícil, lo fácil lo tiene cualquiera” Mario Benedetti
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 18/08/2025 y el 22/08/2025:

NOVEDADES FISCALES:

 

BCRA: se oficializó el alivio de la carga administrativa para el comercio exterior

El Banco Central de la República Argentina determinó que las declaraciones del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos, RAyPE por sus siglas, sean segmentadas en dos para rebajar la carga administrativa de las compañías.

Esta decisión se encuentra dentro del plan de simplificación administrativa llevado adelante por el Ministerio de Desregulación y Transformación para quitar ‘normativas obsoletas y trámites que obstaculizan la actividad económica y la libre competencia‘.

Con esta medida, las firmas que registren activos y pasivos externos debajo de los 10 millones de dólares estadounidenses (USD) tendrán que presentar la información anualmente. En cambio, las que superen ese monto tendrán que hacerlo de forma trimestral.

 

RESOLUCIÓN (DGR Bs. As. cdad.) 1419/2025

CABA: Vencimiento de la declaración jurada anual 2024 del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes locales

SUMARIO: Se fijan, desde el 19/9/2025 hasta el 25/9/2025, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2024, por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Destacamos que las mismas se determinan sobre la base del dígito verificador de la CUIT del contribuyente

 

Buenos Aires: Vencimiento de la cuota 4 del impuesto automotor

ARBA recuerda que el 9 de septiembre vence la 4° cuota del impuesto automotor. Recordamos que las fechas de vencimiento fueron establecidas por medio de la RN (ARBA Bs. As.) 5/2025

 

Creación de la Ventanilla Federal Única de Reclamos para consumidores

Defensa del Consumidor y lealtad Comercial establece un nuevo sistema, que será el único medio formal, para recibir quejas de consumidores de todo el país, con el objetivo de lograr mayor agilidad y eficacia en cuanto a la recepción y el tratamiento de los reclamos de los consumidores.

 

Digitalización del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial reestructura el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC), adaptando el mecanismo arbitral a la dinámica actual de las relaciones de consumo y reglamentando la digitalización e incorporación de nuevas tecnologías, incluyendo la inteligencia artificial, para agilizar la resolución de conflictos.
Asimismo, prevé plazos especiales para la pronta resolución de reclamos iniciados por consumidores vulnerables.

 

CONSULTAS FRECUENTES:

 

HUELGA GENERAL: LIQUIDACIÓN DE HABERES

Pregunta: ¿Cómo se liquidan los haberes del día de paro? ¿Se puede descontar el día cuando falta el trabajador?

 

Respuesta: La Constitución Nacional, en su Artículo 14 bis, ampara el derecho a huelga. Mientras la Secretaría de Trabajo no declare la huelga ilegal, los trabajadores que adhieran al paro tienen derecho a no asistir a su puesto de trabajo.
Aunque el empleador no puede aplicar sanciones disciplinarias, tiene derecho a no abonar los haberes correspondientes a los días de inasistencia. En caso de que un trabajador no pueda presentarse a trabajar por falta de transporte (fuerza mayor), se considera que su inasistencia estaría justificada.

 

REDUCCIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN PATRONAL DEL SEGURO DE RETIRO “LA ESTRELLA”

 

Pregunta: ¿Cuál es el porcentaje actual de la contribución al Seguro de Retiro “La Estrella” para los empleados de comercio?

 

Respuesta: “La Estrella” es un Sistema de Retiro Complementario (SRC) al régimen previsional general, destinado a los trabajadores de comercio bajo el marco del CCT 130/1975. Mediante un acuerdo sectorial, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), junto con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales de Buenos Aires (UDECA), establecieron —conforme al Anexo del Acta de fecha 26 de junio de 2025— que, a partir del 1 de julio de 2025, la alícuota patronal al SRC se reducirá del 2,5 % al 1,6 %, según lo acordado por las partes intervinientes.

El pago de esta contribución debe realizarse entre el 1 y el 15 del mes siguiente al devengamiento salarial, o el primer día hábil posterior si el día 15 coincide con un feriado.

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

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