CIRCULAR Nro. 857

“El peor sentimiento es no saber si esperar un poco más o rendirse” Julio Cortázar
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 28/04/2025 y el 02/05/2025:

NOVEDADES FISCALES:

 

Empleados de Comercio: se alcanzó un nuevo incremento salarial

La FAECYS selló un nuevo convenio salarial vigente para el próximo trimestre, el cual consiste de una suma no remunerativa del 5,4% no acumulativa distribuidas en tres tramos: 1,9% para abril, 1,8% para mayo y 1,7% para junio.
Además, el pago de una suma fija total de $115.000.

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5680

Se extiende al 30/5/2025 el plazo de adhesión al plan de facilidades de pago para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes

SUMARIO: ARCA extiende hasta el 30 de mayo de 2025 la fecha para efectuar el acogimiento al plan de facilidades de pago para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes por obligaciones vencidas al 31/12/2024.

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5681

Ganancias y Bienes Personales: se reduce el pago a cuenta del régimen de facilidades de pago permanente

SUMARIO: Se establece una reducción en el porcentaje del pago a cuenta que deben ingresar los contribuyentes que se adhieran al régimen de facilidades de pago permanente por obligaciones anuales de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales – RG (AFIP) 5.321-.
Las modificaciones comentadas resultan de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1/5/2025.

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5685

Ganancias: Personas humanas. Determinación de los anticipos del período fiscal 2025. Reducción de la cantidad de anticipos para los demás sujetos

SUMARIO: Se establece la metodología para calcular los anticipos del impuesto a las ganancias del año fiscal 2025 para las personas humanas y sucesiones indivisas.
Por otro lado se reduce a 9 la cantidad de anticipos del impuesto que deben ingresar las sociedades y demás sujetos del impuesto a partir de los anticipos correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres se produzcan a partir del mes de diciembre de 2025, inclusive

 

DECRETO 296/2025

Se difiere la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono

SUMARIO: Se difiere al 1/6/2025 el impacto del incremento al impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono aplicable a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil que estaba previsto aplicarse a partir del 1/5/2025.

 

RESOLUCIÓN (ANSeS) 212/2025

Asignaciones familiares: rangos y montos a partir de mayo de 2025

SUMARIO: La ANSES aprueba los valores actualizados de las asignaciones familiares que rigen a partir de mayo de 2025, con un incremento del 3,73% que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos por la última actualización

 

RESOLUCIÓN (ANSES) 211/2025

Jubilaciones y pensiones: haberes mínimo y máximo, topes y PBU a partir de mayo de 2025

SUMARIO: La ANSES establece los montos de las bases imponibles mínima y máxima para la seguridad social, así como los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales, aplicables a partir de mayo de 2025, ajustados conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor.
Por lo tanto, el haber mínimo garantizado vigente a partir de dicho mes será de $ 296.481,74; en tanto que, el haber máximo vigente será de $ 1.995.041,47.
En lo que respecta a las bases imponibles la mínima queda fijada en $ $ 99.855 y la máxima en $ 3.245.240,49, a partir del periodo devengado mayo 2025.
Finalmente se determinan los importes de la Prestación Básica Universal en la suma de $ 135.626,86 y de la Pensión Universal para el Adulto mayor en $ 237.185,39.

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5683

Retenciones de Ganancias sobre sueldos, jubilaciones y pensiones: se incrementa a $ 150.000.000 el importe de las rentas brutas que obligan a la presentación de la DDJJ informativa

SUMARIO: Se establece un régimen simplificado para el ingreso de retenciones no efectuadas y se prorroga el plazo para que los agentes de retención presenten la liquidación anual 2024.
Se establece en $ 150.000.000 el importe de las rentas brutas anuales a partir del cual los beneficiarios deben presentar en el año fiscal 2024 la declaración jurada patrimonial informativa.
Se dispone una prórroga excepcional, hasta el 9 de mayo, inclusive, para la presentación del formulario F.1359 del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2024 por parte de los agentes de retención.
Además, se establece un procedimiento simplificado para que los beneficiarios de las rentas efectúen el ingreso del impuesto a las ganancias no retenido por el empleador sin la necesidad de inscribirse en el impuesto.

 

Aplicativos. Ganancias Personas Jurídicas-Sociedades: ARCA aprueba la versión 25 release 2

La ARCA publica el release 2 del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas-Sociedades Versión 25, incorporando como novedad la solución de errores reportados en casos específicos.

 

DISPOSICIÓN (CACM) 8/2025

Convenio multilateral: entrada en vigencia del Sistema “Portal Federal Tributario”

SUMARIO: Se establece la entrada en vigencia del sistema “Portal Federal Tributario” a partir del día 25/4/2025. Recordamos que este permite a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos consultar información existente en los sistemas administrados por la Comisión Arbitral y solicitados por las jurisdicciones adheridas.

 

CONSULTAS FRECUENTES:

 

DÍAS NO LABORABLES CON FINES TURÍSTICOS EN 2025

Consulta: ¿Cuáles son los días no laborables con fines turísticos establecidos para el año 2025?

Respuesta: La Ley 27.399 faculta al Poder Ejecutivo a promover la actividad turística mediante la designación de hasta tres días no laborables o feriados por año, los cuales deben coincidir con lunes o viernes. Para el calendario 2025, se establecieron como días no laborables con fines turísticos el viernes 2 de mayo, el viernes 15 de agosto y el viernes 21 de noviembre. A diferencia de años anteriores, el gobierno determinó que los puentes turísticos del 2025 serán considerados días no laborables con fines turísticos, en lugar de feriados con fines turísticos. Esto significa que el empleador tiene la facultad de decidir si el personal presta o no servicios durante esos días. En caso de optar por no requerir la prestación de tareas, los trabajadores deberán igualmente percibir su salario habitual, sin descuentos y de trabajar dichos días, cobrarán su salario sin recargo.

 

DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INFORMATIVA

Consulta: ¿Cuál es el monto de haberes brutos a partir del cual un empleado en relación de dependencia o jubilado debe presentar el detalle de sus bienes al 31/12/2024?

Respuesta: ARCA a través de la RG 5683 establece en $150.000.000 el monto a partir del cual los contribuyentes deben presentar la Declaración Jurada Informativa de Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2024.

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

 

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