CIRCULAR Nro. 882
NOVEDADES FISCALES:
| RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5776
Régimen de facilidades de pago permanente: Se flexibiliza la cantidad máxima de planes por deuda general SUMARIO: Se establece que, para el cómputo de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago por deuda general, a partir del 3/11/2025 solo deberán detraer los planes caducos de los últimos 6 meses en vez de computarse los de los últimos 12 meses como se hace hasta ahora. |
| RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5777
Régimen de facilidades de pago especial por deudas vencidas a determinada fecha: se extienden los períodos que pueden ser regularizados y se reducen los pagos a cuenta SUMARIO: Se extiende a las obligaciones vencidas al 31/8/2025 el régimen de facilidades de pago -dispuesto por la RG (ARCA) 5711- que originalmente abarcaba obligaciones vencidas al 30/4/2025. |
| Ciudad de Buenos Aires: Nueva moratoria por deudas al 31 de agosto de 2025
La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos aún no ha publicado la reglamentación con los detalles de implementación y procedimientos de adhesión de la moratoria para regularizar deudas de todos los impuestos de la CABA establecida por medio de la LEY (Bs. As. cdad.) 6842. |
| Ciudad de Buenos Aires: AGIP informa suspensión de pagos con tarjetas VISA crédito y débito
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos informa que, por inconvenientes del sistema de pagos, las operaciones con tarjetas VISA crédito y débito se encuentran inhabilitadas hasta nuevo aviso |
| La FAGCE solicita actualización del Régimen general de retención del impuesto a las ganancias por distorsiones en retenciones
Por medio de una nota presentada a la ARCA, la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) ha solicitado la revisión de la RG (AFIP) 830. |
CONSULTAS FRECUENTES:
| EVALUACIÓN PERIÓDICA DE HABILITACIÓN DE RESPONSABLES INSCRIPTOS
Pregunta: Una persona humana, responsable inscripta en el IVA, actualmente autorizada a emitir comprobantes clase “M”, comenzó a tener actividad comercial en junio de 2025. ¿Cuándo podrá emitir factura clase “A”? ¿Existe un plazo mínimo de actividad para solicitar el cambio o qué requisitos debe cumplir para que se le otorgue la habilitación?
Respuesta: Existe un sistema de evaluación periódica implementado por la ARCA denominado “Sistema de Evaluación Periódica de la Habilitación de Responsables Inscriptos”, mediante el cual se realiza un control cuatrimestral de los comprobantes emitidos por los contribuyentes. Este sistema determina la categoría de comprobantes que podrán utilizar en los meses siguientes.Para poder emitir comprobantes clase “A”, el contribuyente no debe encontrarse alcanzado por las causales de emisión de comprobantes clase “M” establecidas en la RG (AFIP) 4132. Esto implica: No presentar inconsistencias entre los montos facturados y la capacidad técnico-económica para realizar las prestaciones de servicios y/o ventas de bienes. No registrar irregularidades o incumplimientos vinculados a sus obligaciones fiscales. La evaluación del comportamiento fiscal se realiza en los meses de febrero, junio y octubre de cada año, tomando como base la información correspondiente al último período cuatrimestral vencido. |
| Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.
Los saludo muy atte.
Juan Brandi Contador Público |
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