CIRCULAR Nro. 859

NOVEDADES FISCALES:
ARCA Implementará el nuevo sistema «IVA Simple»
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado que próximamente implementará en forma progresiva del sistema «IVA Simple». El mismo consiste en un nuevo procedimiento que unifica el registro y la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un único formulario, el F. 2051. Este sistema, busca simplificar las obligaciones fiscales de los contribuyentes, reemplazará los formularios 731, 810, 2002 y 2082. El sistema «IVA Simple» está organizado en 3 módulos principales, cada uno con una función específica dentro del proceso de declaración: Se destaca que los saldos a favor técnicos y de libre disponibilidad existentes en el sistema de cuentas tributarias se transferirán automáticamente al nuevo sistema, y el mismo estará disponible para uso optativo a partir del mes devengado de mayo 2025, previendo su uso obligatorio para todos los contribuyentes a partir de noviembre de 2025. |
Buenos Aires: Convenios para brindar financiamiento a emprendedores
El Gobierno provincial informó la firma de convenios para brindar líneas de financiamiento accesible a emprendedores, esta iniciativa respaldada por el Banco Provincia alcanzará en los próximos días a trabajadores y trabajadoras independientes de 22 municipios bonaerenses. |
Autónomos. Se publican los valores para el mes de mayo
La ARCA informó los nuevos montos a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos, a partir del período devengado abril, con vencimiento en junio. |
RESOLUCIÓN (SERyC Bs. As.) 83/2025
Buenos Aires: Prórroga del vencimiento de la cuota 1 y anual del impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación SUMARIO: Se traslada al 17 de julio de 2025 el vencimiento de la cuota 1 y anual 2025 del impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación. |
RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 193/2025
CABA: Procedimiento para el reconocimiento de la bonificación del impuesto a contribuyentes del régimen simplificado con discapacidad SUMARIO: Se reglamenta el mecanismo para acceder a la bonificación del cincuenta por ciento en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes con discapacidad, incluyendo los requisitos, modalidad de solicitud y vigencia del beneficio |
CONSULTAS FRECUENTES:
ENFERMEDADES PROFESIONALES VS. ACCIDENTES DE TRABAJO
Pregunta: ¿Cuáles son las principales diferencias entre las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo?
Respuesta: Las enfermedades profesionales deben interpretarse a partir de los hechos y de la evidencia científica, estando siempre relacionadas con las tareas desempeñadas por el trabajador. |
2 DE MAYO 2025: DÍA NO LABORABLE CON FINES TURÍSTICOS
Pregunta: ¿Cómo se paga el día 2 de mayo y cuál es su tratamiento laboral?
Respuesta: El 2 de mayo de 2025 es considerado un día no laborable con fines turísticos, lo que significa que no se trata de un feriado con fines turísticos. Los empleadores tienen la opción de exigir o no la presencia de sus empleados ese día. Si el empleador decide no requerir que los trabajadores asistan, estos recibirán su salario habitual sin ningún descuento. En caso de que se les solicite trabajar, los empleados percibirán su remuneración normal, ya que no se aplican recargos por el trabajo en este tipo de jornada. |
Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.
Los saludo muy atte.
Juan Brandi Contador Público |
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