CIRCULAR Nro. 859

“Disciplina es saber escoger entre lo que quieres ahora y lo que más quieres” Abraham Lincoln
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 12/05/2025 y el 16/05/2025:

NOVEDADES FISCALES:

 

ARCA Implementará el nuevo sistema «IVA Simple»

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado que próximamente implementará en forma progresiva del sistema «IVA Simple». El mismo consiste en un nuevo procedimiento que unifica el registro y la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un único formulario, el F. 2051.

Este sistema, busca simplificar las obligaciones fiscales de los contribuyentes, reemplazará los formularios 731, 810, 2002 y 2082.

El sistema «IVA Simple» está organizado en 3 módulos principales, cada uno con una función específica dentro del proceso de declaración:
– Registración: permite gestionar los débitos y créditos fiscales asociados a las operaciones. Se podrá realizar ajustes a estos valores según sea necesario. Se destaca que, mientras el libro de IVA puede ser modificado, el formulario de declaración jurada (F. 2051) no es editable de forma directa, salvo a través de ajustes específicos al débito o crédito fiscal.
– Determinación: En esta etapa, el sistema calcula la obligación tributaria con base en la información registrada en el módulo anterior. Este proceso automatizado facilita la identificación del monto exacto de IVA a declarar.
– Saldo a ingresar: El módulo final determina el monto neto a pagar a ARCA o, en su caso, cualquier saldo a favor que pueda ser objeto de devolución.

Se destaca que los saldos a favor técnicos y de libre disponibilidad existentes en el sistema de cuentas tributarias se transferirán automáticamente al nuevo sistema, y el mismo estará disponible para uso optativo a partir del mes devengado de mayo 2025, previendo su uso obligatorio para todos los contribuyentes a partir de noviembre de 2025.

 

Buenos Aires: Convenios para brindar financiamiento a emprendedores

El Gobierno provincial informó la firma de convenios para brindar líneas de financiamiento accesible a emprendedores, esta iniciativa respaldada por el Banco Provincia alcanzará en los próximos días a trabajadores y trabajadoras independientes de 22 municipios bonaerenses.
La línea “Convenios Municipales” de Provincia Microcréditos está orientada a apoyar a trabajadores y trabajadoras independientes mediante créditos para capital de trabajo que ascienden hasta los 50 salarios mínimos vitales y móviles (equivalente a más de $15.410.000). En tanto, los gobiernos locales subsidian entre 13 y 15 puntos las tasas de interés, quedando las mismas en 49% TNA (tasa nominal anual) para varones y 47% para mujeres.

 

Autónomos. Se publican los valores para el mes de mayo

La ARCA informó los nuevos montos a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos, a partir del período devengado abril, con vencimiento en junio.

 

RESOLUCIÓN (SERyC Bs. As.) 83/2025

Buenos Aires: Prórroga del vencimiento de la cuota 1 y anual del impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación

SUMARIO: Se traslada al 17 de julio de 2025 el vencimiento de la cuota 1 y anual 2025 del impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación.
La prórroga obedece a la imposibilidad de poner a disposición, en los plazos necesarios para el cumplimiento de la obligación en tiempo y forma, las liquidaciones, pagos electrónicos, débitos automáticos y bonificaciones

 

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 193/2025

CABA: Procedimiento para el reconocimiento de la bonificación del impuesto a contribuyentes del régimen simplificado con discapacidad

SUMARIO: Se reglamenta el mecanismo para acceder a la bonificación del cincuenta por ciento en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes con discapacidad, incluyendo los requisitos, modalidad de solicitud y vigencia del beneficio

 

CONSULTAS FRECUENTES:

 

ENFERMEDADES PROFESIONALES VS. ACCIDENTES DE TRABAJO

 

Pregunta: ¿Cuáles son las principales diferencias entre las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo?

 

Respuesta: Las enfermedades profesionales deben interpretarse a partir de los hechos y de la evidencia científica, estando siempre relacionadas con las tareas desempeñadas por el trabajador.
Desde una perspectiva médica, las diferencias clave son las siguientes:
•    Enfermedades profesionales: No tienen una fecha específica de aparición y su manifestación puede ocurrir de forma gradual, sin poder predecir exactamente cuándo se desarrollarán.
•    Accidentes de trabajo: Se caracterizan por un evento puntual, con una fecha definida, en la que se puede identificar claramente el momento en que ocurren y la causa inmediata.

 

2 DE MAYO 2025: DÍA NO LABORABLE CON FINES TURÍSTICOS

 

Pregunta: ¿Cómo se paga el día 2 de mayo y cuál es su tratamiento laboral?

 

Respuesta: El 2 de mayo de 2025 es considerado un día no laborable con fines turísticos, lo que significa que no se trata de un feriado con fines turísticos. Los empleadores tienen la opción de exigir o no la presencia de sus empleados ese día. Si el empleador decide no requerir que los trabajadores asistan, estos recibirán su salario habitual sin ningún descuento. En caso de que se les solicite trabajar, los empleados percibirán su remuneración normal, ya que no se aplican recargos por el trabajo en este tipo de jornada.

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

 

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