CIRCULAR Nro. 925

“Si añades lo poco a lo poco y lo haces así con frecuencia, pronto llegará a ser mucho” Hesíodo
El presente es un servicio más del ESTUDIO BRANDI, detallamos a continuación las últimas novedades fiscales producidas entre el 31/08/2026 y el 04/09/2026:

NOVEDADES FISCALES:

 

RESOLUCIÓN (ANSeS) 262/2026

ANSES: crean el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social con validez legal

SUMARIO: La ANSES implementa el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social, facultando a las personas humanas mayores de 16 años a constituirlo voluntariamente mediante validación en “Mi ANSES”. Esto habilita el uso de un buzón digital para notificaciones, presentaciones y comunicaciones administrativas, produciendo los efectos jurídicos del domicilio constituido. La ANSES es la autoridad responsable y establece que el sistema asegura la disponibilidad continua y regula su uso en procedimientos vinculados a prestaciones.

 

RESOLUCIÓN (CNTCP) 6/2026

Casas particulares: incremento salarial y suma no remunerativa para los meses de agosto a diciembre de 2026

SUMARIO: Se establece un incremento de las remuneraciones mínimas horarias y mensuales para todo el personal del sector de la siguiente manera:

Agosto de 2026: 1,9% de aumento (calculado sobre salarios de julio).

Septiembre de 2026: 1,8% de aumento (calculado sobre salarios de agosto).

Octubre de 2026: 1,7% de aumento (calculado sobre salarios de septiembre).

Noviembre de 2026: 1,6% de aumento (aplicado sobre valores determinados en octubre).

Diciembre de 2026: 1,6% de aumento (con base en salarios mínimos de noviembre).

Asimismo, se otorga una suma no remunerativa por única vez, con los salarios del mes de agosto, de $20.000 para el personal que preste tareas 16 o más horas semanales; de $11.500 para quien preste tareas entre 12 y 16 horas semanales y de $8.000 para quien preste tareas menos de 12 horas semanales. También se incorpora a los salarios básicos del mes de septiembre de 2026 el 25% de dicha suma no remunerativa; el 50% a los salarios básicos del mes de octubre de 2026 y el 25% a los salarios básicos del mes de noviembre de 2026.

 

RESOLUCIÓN (CNEPYSMVYM) 4/2026

Salario mínimo, vital y móvil: se determina el incremento gradual entre los meses de septiembre 2026 y abril 2027

SUMARIO: Se fija un nuevo esquema de aumentos del Salario Mínimo, Vital y Móvil para trabajadores del régimen general, agrario y de la Administración Pública Nacional. El SMVM se incrementará de manera gradual entre los meses de septiembre de 2026 y abril de 2027, pasando de $383.800 a $437.000 para jornada completa, con valores horarios que irán de $1.919 a $2.185. Además, la Prestación por Desempleo se calculará como el 75% del mejor salario neto de los últimos seis meses, con un piso del 50% y un tope del 100% del SMVM vigente.

 

Buenos Aires: Impulso a jóvenes emprendedores mediante herramientas digitales e inteligencia artificial

El gobierno bonaerense lanzó el programa Emprende Joven, una iniciativa orientada a personas de entre 16 y 30 años que cuenten con emprendimientos en marcha vinculados a servicios, oficios, gastronomía, diseño o sostenibilidad. El principal diferencial de esta propuesta es el enfoque práctico en el uso de inteligencia artificial, además de brindar capacitación en finanzas, comercialización digital, marca y gestión de costos.
La formación se dictará mediante encuentros presenciales y virtuales, acompañados por mentorías, redes comunitarias, materiales didácticos y asistencia técnica. La inscripción está disponible en el sitio web motivaemprender.org o mediante el correo motiva.pba@gmail.com.

 

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5893

ARCA extiende la factura electrónica a monotributistas sociales, efectores y sujetos no alcanzados en IVA y restringe el uso de controladores fiscales

SUMARIO: Se amplía la obligación de emitir comprobantes electrónicos y se restringe para determinados sujetos la posibilidad de utilizar controladores fiscales.
Desde el 1 de noviembre de 2026, los pequeños contribuyentes incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social deberán abandonar el esquema general de comprobantes preimpresos, debiendo emitir comprobantes electrónicos o mediante Controladores Fiscales.
No podrán utilizar controladores fiscales a partir del 1/3/2027 los sujetos no alcanzados en el IVA, las empresas promovidas, las entidades de medicina prepaga, las instituciones educativas de gestión privadas, los sujetos que intervienen en la locación temporaria de inmuebles con fines turísticos, y las entidades de seguros por las pólizas de caución.

 

Metalúrgicos: se homologó el último acuerdo paritario y las escalas salariales

La Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo convalidó el pacto alcanzado entre la UOM y el sector empresarial para el ciclo abril 2026-marzo 2027. El esquema convenido establece ajustes salariales progresivos, el pago de montos no remunerativos y un bono compensatorio.

 

RESOLUCIÓN (ANSeS) 260/2026

Asignaciones familiares: rangos y montos a partir de septiembre de 2026

SUMARIO: La ANSES aprueba los valores actualizados de las asignaciones familiares que rigen a partir de septiembre de 2026, con un incremento del 2,11% que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos por la última actualización.

 

CONSULTAS FRECUENTES:  

 

MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS FORMALES TRAS LA LEY 27.799

 

Pregunta: ¿Cuáles son los montos de las multas formales bajo la Ley de inocencia fiscal, Ley 27.799, el mecanismo de actualización y qué reglas de aplicación temporal aplica?

 

Respuesta:

1. Nuevos importes de las multas formales Ley 11.683 modificada por Ley 27.799

A partir de la vigencia de la Ley 27.799, los montos por infracciones a los deberes formales se han incrementado de la siguiente manera:

Omisión de presentar declaración jurada, articulo 38 Ley 11.683:

Personas humanas: $220.000 (Anterior: $200)

Sociedades: $440.000 (Anterior: $400)

Falta de presentación de DDJJ informativas articulo s/n a cont. articulo 38 Ley 11.683:

Régimen general: $5.000.000 a $10.000.000 (Anterior: $5.000 a $10.000)

Sujetos del exterior: $1.500.000 a $10.000.000 (Anterior: $1.500 a $9.000)

Precios de transferencia: $11.000.000 a $22.000.000 (Anterior: $10.000 a $20.000)

Infracciones a deberes formales generales , articulo 39 Ley 11.683 , articulo s/n a cont. articulo 39 Ley 11.683 y segundo articulo s/n  cont. articulo 39 Ley 11683:

Articulo 39 1° párrafo: $150.000 a $2.500.000 (Anterior: $150 a $2.500)

Incumplimiento a requerimientos de ARCA, articulo 39, 2° párrafo: Hasta $35.000.000 (Anterior: Hasta $45.000)

Resistencia a la fiscalización, articulo s/n a cont. artículo 39: $500.000 a $35.000.000 (Anterior: $500 a $45.000)

Incumplimiento de regímenes de información propia, articulo s/n a cont. artículo 39: Hasta $10.000.000.000 (Anterior: Hasta $10.000.000)

Incumplimiento a regímenes de información de terceros, segundo articulo s/n a cont. artículo 39, inc. a): $6.000.000 a $15.000.000 (Anterior: $80.000 a $200.000)

Incumplimiento de requerimientos sobre terceros, segundo articulo s/n a cont. artículo 39, inc. a, ap. i): $1.125.000 a $5.250.000 (Anterior: $15.000 a $70.000)

Incumplimiento de regímenes sobre transacciones internacionales, segundo articulo s/n a cont. artículo 39, inc. b): $45.000.000 a $67.500.000 (Anterior: $600.000 a $900.000)

Incumplimiento sobre precios de transferencia, segundo articulo s/n a cont. articulo 39, inc. c): $13.500.000 a $22.500.000 (Anterior: $180.000 a $300.000)

Falta de conservación de comprobantes de transacciones internacionales, segundo articulo s/n a cont. artículo 39, inc. d): $15.000.000 (Anterior: $200.000)

Infracciones a deberes formales agravadas, articulo 40 Ley 11.683

No emisión de facturas o falta de medios de pago, articulo 40, 1° párrafo: Mínimo $20.000 (Anterior: Mínimo $10)

Multa y clausura por infracciones, articulo 40, 2° párrafo: $200.000 a $7.500.000 (Anterior: $3.000 a $100.000)

2. Mecanismo de actualización periódica

 

Mecanismo: A partir del 1/1/2027 los importes se actualizarán de forma anual considerando la variación anual de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) operada entre los meses de enero a diciembre del año inmediato anterior.

Publicación: ARCA publicará los montos actualizados a partir del 1 de enero de cada año para su aplicación en el año calendario en curso.

 

3. Aplicación temporal del monto de la sanción

Criterio general:  para evaluar la configuración del hecho, se tendrá en cuenta el importe vigente al momento de su comisión, entendiéndose por tal el de la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto o el de la liquidación u otro instrumento que cumpla con el mismo fin, de corresponder; en tanto que, para la cancelación de las sanciones previstas se considerará el monto vigente al momento de su cancelación. Para su cancelación, rigen las siguientes reglas del articulo 6 Decreto 93/2026:

 

Infracciones cometidas con anterioridad al 02/01/2026: Se abonan considerando el importe vigente al momento del incumplimiento, independientemente de la fecha de pago.

Infracciones cometidas a partir del 02/01/2026 inclusive:  Se cancelan según el importe vigente al momento de la efectiva cancelación, contemplando las actualizaciones por UVA a partir de 2027.

 

Para mayor desarrollo de los temas presentados comunicarse con nuestro personal.

Los saludo muy atte.

 

Juan Brandi

Contador Público

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